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	<title>Autónomos &#8211; David Marín &#8211; Asesor Contable Freelance</title>
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	<description>Asesor Contable Freelance – Graduado Social, RRHH – Relaciones Laborales – Administración y Finanzas – Murcia</description>
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		<title>ALTA AUTONOMO</title>
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		<dc:creator><![CDATA[David]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 16 Apr 2019 08:38:28 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Autónomos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>LOS TRES SENCILLOS PASOS PARA SER AUTÓNOMO. Si deseas comenzar la aventura de convertirte en Autónomo, a continuación de explicamos con detalle los procedimientos que debes realizar. El primer paso para conseguir tu alta de autónomo,  es comunicar tanto a la Hacienda Pública Española, como a la Seguridad Social, que deseas estar en situación de alta en el Régimen [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<h1><span style="color: #ff0000;">LOS TRES SENCILLOS PASOS PARA SER AUTÓNOMO.</span></h1>
<p>Si deseas comenzar la aventura de convertirte en <em><strong>Autónomo</strong></em>, a continuación de explicamos con detalle los procedimientos que debes realizar.</p>
<p>El primer paso para conseguir tu alta de autónomo,  es comunicar tanto a la <a href="https://www.agenciatributaria.es/">Hacienda Pública Española</a>, como a la <a href="http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Inicio">Seguridad Social</a>, que deseas estar en situación de alta en el Régimen de Autónomos.  Este procedimiento consta de dos trámites muy sencillos. Hay un tercero que será solo en casos que así lo requiera, que será en los Ayuntamientos del centro de trabajo.</p>
<p><img loading="lazy" class="size-medium wp-image-110 aligncenter" src="https://davidmarin.net/wp-content/uploads/2016/11/Autónomo-300x300.jpg" alt="" width="300" height="300" srcset="https://davidmarin.net/wp-content/uploads/2016/11/Autónomo-300x300.jpg 300w, https://davidmarin.net/wp-content/uploads/2016/11/Autónomo-150x150.jpg 150w, https://davidmarin.net/wp-content/uploads/2016/11/Autónomo-225x225.jpg 225w, https://davidmarin.net/wp-content/uploads/2016/11/Autónomo-200x200.jpg 200w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" /></p>
<h2><span style="color: #339966;"><strong>Hacienda</strong></span></h2>
<p>Para comenzar con los trámites, debemos darnos de alta en Hacienda. Para ello necesitamos presentar la declaración censal mediante el modelo <strong>036 o 037</strong> (declaración simplificada).</p>
<p>Con este documento notificas:  los datos personales, la actividad a la que te vas a dedicar, la ubicación de tu negocio y los impuestos que tendrás que pagar (IVA, IRPF,pagos a cuenta).</p>
<p>Estos modelos serán los mismos que hay que presentar en caso de modificación de datos para comunicar la baja.</p>
<h2><span style="color: #339966;"><strong>Seguridad Social</strong></span></h2>
<p>A continuación debes hacer lo mismo con la Seguridad Social para conseguir tu alta de autónomo. Antes del 1 de enero de 2018, el autónomo contaba con 30 días después de comunicar a Hacienda el alta para poder comunicárselo a la Seguridad Social. Actualmente tiene un plazo de <strong>60 días</strong>desde el inicio de la actividad.</p>
<p>Para ello tendrás que presentar el <strong>modelo TA0521</strong> en alguna de las administraciones de la Seguridad Social junto con fotocopia del DNI o equivalente y fotocopia del alta en Hacienda.</p>
<h2><span style="color: #339966;"><strong>Ayuntamientos</strong></span></h2>
<p>Como he comentado, también hay que comunicar a los Ayuntamientos las correspondientes licencias para la apertura del negocio. En este caso son solo algunos negocios como los de hostelería, industria o servicios comerciales, los que tendrían que pedir dicha licencia, excluyendo al resto de actividades.</p>
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		<title>DERECHOS Y OBLIGACIONES</title>
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		<dc:creator><![CDATA[David]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 19 Nov 2016 13:30:24 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Autónomos]]></category>
		<category><![CDATA[Graduado Social - RRLL]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Un contrato de trabajo supone unos derechos para el trabajador, que se convierten En obligaciones para el empresario. Al mismo tiempo, las obligaciones que contrae el trabajador se convierten en derechos de su empresario. El empresario contrae obligaciones con: El trabajador: cuando la relación laboral sea de duración superior a cuatro semanas, el empresario deberá [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Un contrato de trabajo supone unos derechos para el trabajador, que se convierten En obligaciones para el empresario. Al mismo tiempo, las obligaciones que contrae el trabajador se convierten en derechos de su empresario.</p>
<p><img loading="lazy" class="size-medium wp-image-118 aligncenter" src="http://davidmarin.net/wp-content/uploads/2016/11/DERECHOS-300x289.jpg" alt="derechos" width="300" height="289" srcset="https://davidmarin.net/wp-content/uploads/2016/11/DERECHOS-300x289.jpg 300w, https://davidmarin.net/wp-content/uploads/2016/11/DERECHOS-768x741.jpg 768w, https://davidmarin.net/wp-content/uploads/2016/11/DERECHOS.jpg 1024w" sizes="(max-width: 300px) 100vw, 300px" /></p>
<h2>El empresario contrae obligaciones con:</h2>
<ul>
<li>El trabajador: cuando la relación laboral sea de duración superior a cuatro semanas, el empresario deberá informar por escrito al trabajador sobre los elementos esenciales del contrato y principales condiciones de ejecución de la prestación laboral, siempre que tales elementos y condiciones no figuren en el contrato de trabajo formalizado por escrito.</li>
<li>Los representantes legales de los trabajadores: también deberá entregar a los representantes legales de los trabajadores, una copia básica de los contratos formalizados por escrito (con excepción de los contratos de relaciones especiales de alta dirección, para los que es suficiente la notificación), así como las prórrogas de dichos contratos y las denuncias de los mismos, teniendo para ello el mismo plazo de 10 días. La copia básica contendrá todos los datos del contrato a excepción del número del D.N.I., domicilio, estado civil y cualquier otro dato que pueda afectar a la identidad personal del interesado. Posteriormente, dicha copia básica se enviará al Servicio Público de Empleo. Cuando no exista representación legal de los trabajadores también deberá formalizarse copia básica y remitirse al Servicio Público de Empleo.</li>
<li>El Servicio Público de Empleo: los empresarios están obligados a comunicar al Servicio Público de Empleo en el plazo de los 10 días siguientes a su concertación, y en los términos que reglamentariamente se determinen, el contenido de los contratos de trabajo que celebren o las prórrogas de los mismos, deban o no formalizarse por escrito.</li>
</ul>
<h2><strong>Derechos del trabajador:</strong></h2>
<ul>
<li>A la ocupación efectiva durante la jornada de trabajo.</li>
<li>Promoción y formación en el trabajo.</li>
<li>A no ser discriminados para acceder a un puesto de trabajo.</li>
<li>A la integridad física y a la intimidad.</li>
<li>Percibir puntualmente la remuneración pactada.</li>
<li>Los demás que se establezcan en el contrato de trabajo.</li>
</ul>
<h2><strong>Deberes del trabajador:</strong></h2>
<ul>
<li>Efectuar las obligaciones concretas del puesto de trabajo conforme a los principios de la buena fe y diligencia.</li>
<li>Cumplir las medidas de seguridad e higiene que se adopten.</li>
<li>Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio de su función directiva.</li>
<li>No realizar la misma actividad que la empresa en competencia con ella.</li>
<li>Contribuir a mejorar la productividad.</li>
<li>Los demás que se establezcan en el contrato de trabajo.</li>
</ul>
<p><a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430">BOE, ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES</a></p>
<p style="text-align: center;"><a href="http://davidmarin.net/">Asesor Contable Freelance &#8211; Graduado Social, RRHH &#8211; Relaciones Laborales &#8211; Administración y Finanzas &#8211; Murcia</a></p>
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		<title>¿Que es un autónomo?</title>
		<link>https://davidmarin.net/que-es-un-autonomo/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[David]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 17 Nov 2016 17:02:12 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Autónomos]]></category>
		<category><![CDATA[Contabilidad]]></category>
		<category><![CDATA[empresas]]></category>
		<category><![CDATA[Fiscalidad]]></category>
		<category><![CDATA[IRPF]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Según la legislación laboral, “un autónomo es una persona física que realiza una actividad económica por cuenta propia, sin sujeción a la dirección y organización de otra persona”. Es la forma jurídica más sencilla en cuanto a trámites burocráticos se refiere, lo que implica menores costes de puesta en funcionamiento. No es necesario capital mínimo [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Según la legislación laboral, “un autónomo es una persona física que realiza una actividad económica por cuenta propia, sin sujeción a la dirección y organización de otra persona”.</p>
<p>Es la forma jurí<img loading="lazy" class="size-full wp-image-110 alignleft" src="http://davidmarin.net/wp-content/uploads/2016/11/Autónomo.jpg" alt="autonomo" width="225" height="250" />dica más sencilla en cuanto a trámites burocráticos se refiere, lo que implica menores costes de puesta en funcionamiento.</p>
<p>No es necesario capital mínimo y su factor fundamental es el trabajo.</p>
<p>Frente a ello, la responsabilidad es ilimitada y da menos sensación de permanencia o transparencia con respeto a clientes al estar formada por una sola persona física.</p>
<p>Dependiendo del tipo de actividad, esta figura no siempre es posible y acaba transformándose en otra de mayor complejidad.</p>
<p>Como autónomo, eres tu propio jefe, con lo cual tienes definir cuál va a ser tu actividad principal, buscar a los clientes, planificar y ejecutar el trabajo, buscar inversión, llevar un control exhaustivo de los cobros y pagos y lo más importante, los impuestos.</p>
<h2><strong>Requisitos </strong></h2>
<ul>
<li>Es necesario ser mayor de edad.</li>
<li>En el caso de ser una persona menor de edad emancipado o en circunstancias especiales debe tener representantes legales.</li>
<li>Tener capacidad jurídica general.</li>
<li>Tener libre disposición de sus bienes y ejercer, por cuenta propia y de forma habitual, una actividad empresarial.</li>
<li>No precisa proceso previo de constitución ya que carecen de personalidad jurídica propia.</li>
<li>Los trámites se inician al comienzo de la actividad empresarial.</li>
<li>La aportación de capital a la empresa, tanto en su calidad como en su cantidad, no tiene más límite que la voluntad del empresario.</li>
</ul>
<h2><strong>¿Por qué elegir esta forma jurídica? </strong></h2>
<p>El autónomo suele ser una forma jurídica de las más elegidas por los profesionales e independientes.</p>
<p>Su elección puede estar justificada tanto por motivos fiscales como de simplicidad en su constitución y obligaciones formales aunque se debe tener presenta el alto riesgo que conlleva si se va a hacer una fuerte inversión.</p>
<p>Los trabajadores autónomos tributan por el IRPF, debiendo hacer las declaraciones trimestrales del IRPF e IVA.</p>
<p>Por el contrario, las Sociedades tributan, con carácter general, al tipo fijo del 30% sobre los beneficios. Este tipo se reduce en el caso de empresas de reducida dimensión.</p>
<h3><strong>VENTAJAS DE SER AUTÓNOMO</strong></h3>
<ul>
<li>Total autonomía del empresario para tomar decisiones sin depender de otros socios.</li>
<li>Es la forma jurídica más económica y sencilla en su constitución y gestión.</li>
<li>Es una forma idónea para el funcionamiento de empresas de muy reducido tamaño.</li>
</ul>
<h3><strong>INCONVENIENTES DE SER AUTÓNOMO</strong></h3>
<ul>
<li>Responde con todo su patrimonio, personal y empresarial, de las posibles pérdidas (responsabilidad ilimitada)</li>
<li>Puede estar sometido a tipos impositivos elevados si los ingresos son altos.</li>
<li>El titular de la empresa ha de hacer frente en solitario a los gastos y a las inversiones, así como a la gestión y administración.</li>
</ul>
<p>Asesor Contable Freelance &#8211; Graduado Social, RRHH &#8211; Relaciones Laborales &#8211; Administración y Finanzas &#8211; Murcia</p>
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		<title>AUTÓNOMO.</title>
		<link>https://davidmarin.net/autonomo-mucho-abarca-poco-aprieta/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[David]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 14 Nov 2016 16:37:04 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Autónomos]]></category>
		<category><![CDATA[Autónomo]]></category>
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		<category><![CDATA[empresas 2.0]]></category>
		<category><![CDATA[estrategia empresarial]]></category>
		<category><![CDATA[gestión]]></category>
		<category><![CDATA[web]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>AUTÓNOMO: EL QUE MUCHO ABARCA, POCO APRIETA Si eres autónomo este refrán puede usarse como principio indiscutible. Para hacer una adecuada administración de nuestro tiempo y nuestras energías es fundamental tener la capacidad de priorizar tareas y concentrar nuestra atención y energías en un número determinado de ellas. De este modo, en un proceso de [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<h1 style="text-align: center;"><strong>AUTÓNOMO: EL QUE MUCHO ABARCA, POCO APRIETA</strong></h1>
<p style="text-align: justify;">Si eres <strong>autónomo</strong> este refrán puede usarse como principio indiscutible. Para hacer una adecuada administración de nuestro tiempo y nuestras energías es fundamental tener la capacidad de priorizar tareas y concentrar nuestra atención y energías en un número determinado de ellas. De este modo, en un proceso de trabajo continuado, seremos capaces de realizar efectivamente cierto número de tareas con gran eficiencia y calidad, y sin que colapsemos.</p>
<p style="text-align: justify;"><img loading="lazy" class=" wp-image-80 aligncenter" src="http://davidmarin.net/wp-content/uploads/2016/11/Autonomo-300x112.jpg" alt="autonomo" width="458" height="171" srcset="https://davidmarin.net/wp-content/uploads/2016/11/Autonomo-300x112.jpg 300w, https://davidmarin.net/wp-content/uploads/2016/11/Autonomo.jpg 500w" sizes="(max-width: 458px) 100vw, 458px" /></p>
<p style="text-align: justify;">El autónomo “Robinson Crusoe” intenta hacer en solitario todas las funciones que conlleva gestionar una empresa. No lo intentes, es imposible y probablemente fracases en el intento.</p>
<p style="text-align: justify;">Si conoces la ley de Pareto (QUE ES LA LEY DE PARETO) que dice que el 80% de tus resultados proviene del 20% de tus acciones, lo más lógico es que dediques tu tiempo a ese 20% y busques a otros profesionales para realizar las tareas restantes.</p>
<p style="text-align: justify;"><img loading="lazy" class="size-full wp-image-81 aligncenter" src="http://davidmarin.net/wp-content/uploads/2016/11/pareto.jpg" alt="pareto" width="239" height="195" /></p>
<p style="text-align: justify;">Como líder de tu empresa, te principal tarea es gestionar y dirigir.</p>
<p style="text-align: justify;">Repito y subrayo  eso de <u>gestionar y dirigir</u>, porque es tu principal misión en la empresa y como mínimo tienes ocho arias que gestionar.</p>
<h3 style="text-align: justify; padding-left: 30px;"><strong>¿Que gestionar?</strong></h3>
<ul style="text-align: justify;">
<li>Estrategia empresarial. Que rumbo debo seguir.</li>
<li>Buscar financiación ya sea por créditos, leasing, renting o negociando la forma de pago y cobro más adecuada con tus proveedores y clientes</li>
<li>Producción. Como se va a hacer el trabajo y que cantidad es la necesaria para no tener stock de más ni mucho menos de menos</li>
<li>Comunicación y publicidad. Debes decirle al mundo que existe y posicionar una buena imagen personal.</li>
<li>Tienes que vender, si no, el negocio va a pique.</li>
<li>Administración. Solo hay dos cosas seguras en la vida: la muerte y que vas a pagar impuestos, asegúrate de pagar lo mínimo siendo cien por cien legal</li>
<li>Planifica cuantos trabajadores necesitas y que tarea realizara cada uno.</li>
<li>Tecnología. Importantísimo, ahorra tiempo y trabajo y posiblemente mejorara la producción eficaz.</li>
</ul>
<p style="text-align: justify;">Un consejo. ¿Tiene sentido que diseñes tu propia tarjeta de visita? ¿Qué diseñes tu web? ¿Qué seas tú quien lleve la contabilidad de la empresa, sin saber que puedo o no desgravar? Conozco casos de emprendedores con tarjetas de visitas que transmiten improvisación y falta de profesionalidad. O de aquellos que intentan montar su web y dan fallos por todos lados. O empresarios que no saben en qué fechan pagar sus impuestos y al final terminan con una sanción de hacienda.</p>
<p style="text-align: justify;">SUBCONTRATA. Deja todo ese trabajo en manos de profesionales, tu solo toma la última palabra y dirige como quieres las cosas.</p>
<p style="text-align: justify;">Como asesor contable freelance, yo te puedo ayudar, póngase en contacto conmigo sin compromiso</p>
<p style="text-align: center;"><a href="http://davidmarin.net/">Asesor Contable Freelance &#8211; Graduado Social, RRHH &#8211; Relaciones Laborales &#8211; Administración y Finanzas &#8211; Murcia</a></p>
<p>&nbsp;</p>
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